La Comisión de las Naciones Unidas para el Derecho Mercantil Internacional (CNUDMI) adoptó el 1 de julio, en su 57º período de sesiones, celebrado en Nueva York, las Cláusulas Modelo de la CNUDMI sobre Solución Express de Controversias Especializadas (SPEDR) (las «Cláusulas Modelo SPEDR»).
Antecedentes
El Grupo de Trabajo II de la CNUDMI se reunió en su 79ª sesión del 12 al 16 de febrero de 2024 en Nueva York para finalizar su trabajo sobre cláusulas modelo sobre arbitraje altamente acelerado, adjudicación, asesores técnicos y confidencialidad.
La cláusula modelo propuesta sobre el arbitraje altamente acelerado acorta el plazo para dictar el laudo con arreglo al Reglamento de Arbitraje Acelerado de la CNUDMI a 90 días después de la constitución del tribunal arbitral si las partes así lo acuerdan.
La cláusula modelo sobre adjudicación combina varios mecanismos de resolución de litigios. Junto al arbitraje en virtud del Reglamento de Arbitraje de la CNUDMI, las partes pueden someter una controversia a adjudicación. Si las partes así lo acuerdan, el árbitro tomará una decisión en un plazo de 30 días a partir de la fecha de aceptación de su nombramiento. La decisión del árbitro será vinculante para las partes, que deberán acatarla sin demora. Cualquiera de las partes podrá someter a arbitraje las controversias relativas al cumplimiento por cualquiera de las partes de la decisión del árbitro, de conformidad con el Reglamento de Arbitraje Acelerado de la CNUDMI, con algunos ajustes de aceleración. La adjudicación no afecta al derecho de las partes a iniciar un procedimiento arbitral con arreglo al Reglamento de Arbitraje de la CNUDMI.
En virtud de la cláusula modelo relativa a los asesores técnicos, el tribunal arbitral puede nombrar a uno o varios asesores técnicos independientes para que le acompañen en el procedimiento y, en caso necesario, le asistan en la comprensión técnica de la controversia.
El informe completo de la sesión de febrero del Grupo de Trabajo II está disponible aquí. Las cláusulas se presentarán a la Comisión para su finalización y adopción en verano.
Cláusulas modelo
Las Cláusulas Modelo SPEDR ofrecen soluciones personalizadas diseñadas para adaptarse y ajustarse a las circunstancias y preferencias particulares de las partes, basándose en el Reglamento de Arbitraje Acelerado de la CNUDMI. Concebidas como un recurso para las empresas y los profesionales que se dedican a la resolución de litigios internacionales, especialmente cuando la rapidez y los conocimientos técnicos son factores cruciales, las Cláusulas Modelo SPEDR proporcionan a las partes medios a medida para resolver litigios de manera expeditiva, garantizando la integridad y eficacia de sus procesos de resolución de litigios, al tiempo que atienden a sus necesidades particulares.
Las Cláusulas Tipo SPEDR, adoptadas por la Comisión, constan de cuatro cláusulas tipo: la Cláusula Tipo sobre Arbitraje Altamente Acelerado, la Cláusula Tipo sobre Adjudicación, la Cláusula Tipo sobre Asesor Técnico y la Cláusula Tipo sobre Confidencialidad.
Las dos primeras cláusulas modelo ofrecen procedimientos a medida para partes con necesidades únicas, como las que pueden surgir en los sectores de la tecnología y la construcción, así como en otros sectores en los que una relación comercial compleja y a largo plazo exige rapidez y pericia en la resolución de disputas para minimizar los retrasos en los proyectos y las pérdidas financieras. Dado que los litigios que pueden resolverse mediante este tipo de procedimientos suelen requerir conocimientos especializados sobre cuestiones técnicas y el tratamiento de información sensible, las otras dos cláusulas modelo pueden utilizarse para complementar los procedimientos de las dos primeras cláusulas modelo, pero también son apropiadas para su uso en el arbitraje de forma más general.
Las Cláusulas Modelo SPEDR irán acompañadas de notas explicativas, que proporcionarán una descripción detallada de los objetivos de cada cláusula modelo específica, así como de sus riesgos asociados, si los hubiera, y de enfoques alternativos, en su caso.
El texto de las Cláusulas Modelo SPEDR, tal y como ha sido adoptado por la Comisión, estará disponible próximamente en la página web de textos de la CNUDMI (https://uncitral.un.org/texts). También se incluirá como anexo al informe anual de la CNUDMI. La versión final de las Cláusulas Modelo SPEDR y las notas explicativas que las acompañan estarán disponibles más adelante en la página web de textos de la CNUDMI.
