El Estado de Israel deberá adoptar todas las medidas a su alcance para impedir la comisión de todos los actos comprendidos en el ámbito del artículo II de la Convención para la Prevención y la Sanción del Delito de Genocidio, en relación con los palestinos de Gaza (Orden de la CJI 26 enero 2024)

 

Resumen de la Orden

Texto íntegro de la Orden

 

Comunicado de prensa de la Corte Internacional de Justicia

 

Aplicación de la Convención para la Prevención y la Sanción del Delito de Genocidio en la Franja de Gaza (Sudáfrica contra Israel)

 

La Corte indica medidas provisionales

LA HAYA, 26 de enero de 2024.

 

La Corte Internacional de Justicia ha dictado hoy su Orden sobre la Solicitud de indicación de medidas provisionales presentada por Sudáfrica en el caso relativo a la Aplicación de la Convención para la Prevención y la Sanción del Delito de Genocidio en la Franja de Gaza (Sudáfrica contra Israel).

Se recuerda que, el 29 de diciembre de 2023, Sudáfrica presentó una solicitud de incoación de procedimiento contra Israel en relación con supuestas violaciones por parte de Israel de sus obligaciones en virtud de la Convención para la Prevención y la Sanción del Delito de Genocidio (la «Convención sobre el Genocidio») en relación con los palestinos en la Franja de Gaza. En su solicitud, Sudáfrica también pedía al Tribunal que indicara medidas provisionales para «proteger contra un daño mayor, grave e irreparable a los derechos del pueblo palestino en virtud de la Convención sobre el Genocidio» y «garantizar el cumplimiento por parte de Israel de sus obligaciones en virtud de la Convención sobre el Genocidio de no cometer genocidio y de prevenir y castigar el genocidio» (véase el comunicado de prensa nº 2023/77).

Las audiencias públicas sobre la solicitud de medidas provisionales de Sudáfrica se celebraron el jueves 11 y el viernes 12 de enero de 2024.

En su Orden, que tiene efecto vinculante, el Tribunal indica las siguientes medidas provisionales:

 

«(1) Por quince votos contra dos,

El Estado de Israel deberá, de conformidad con sus obligaciones en virtud de la Convención para la Prevención y la Sanción del Delito de Genocidio, en relación con los palestinos de Gaza, adoptar todas las medidas a su alcance para impedir la comisión de todos los actos comprendidos en el ámbito del artículo II de esta Convención, en particular:

(a) dar muerte a miembros del grupo;

b) causar lesiones corporales o mentales graves a miembros del grupo;

c) someter deliberadamente al grupo a condiciones de existencia que hayan de acarrear su destrucción física, total o parcial; y

d) imponer medidas destinadas a impedir los nacimientos en el seno del grupo;

 

A FAVOR: Presidente Donoghue; Vicepresidente Gevorgian; Jueces Tomka, Abraham, Bennouna, Yusuf, Xue, Bhandari, Robinson, Salam, Iwasawa, Nolte, Charlesworth, Brant; Juez ad hoc Moseneke;

EN CONTRA: Juez Sebutinde; Juez ad hoc Barak;

 

(2) Por quince votos contra dos,

El Estado de Israel garantizará con efecto inmediato que sus fuerzas armadas no cometan ninguno de los actos descritos en el punto 1 anterior;

 

A FAVOR: Presidente Donoghue; Vicepresidente Gevorgian; Jueces Tomka, Abraham, Bennouna, Yusuf, Xue, Bhandari, Robinson, Salam, Iwasawa, Nolte, Charlesworth, Brant; Juez ad hoc Moseneke;

EN CONTRA: Juez Sebutinde; Juez ad hoc Barak;

 

(3) Por dieciséis votos contra uno,

El Estado de Israel tomará todas las medidas a su alcance para prevenir y castigar la incitación directa y pública a cometer genocidio en relación con miembros del grupo palestino en la Franja de Gaza;

 

A FAVOR: Presidente Donoghue; Vicepresidente Gevorgian; Jueces Tomka, Abraham, Bennouna, Yusuf, Xue, Bhandari, Robinson, Salam, Iwasawa, Nolte, Charlesworth, Brant; Jueces ad hoc Barak, Moseneke;

EN CONTRA: Juez Sebutinde;

 

(4) Por dieciséis votos contra uno,

El Estado de Israel adoptará medidas inmediatas y eficaces para permitir la prestación de los servicios básicos y la asistencia humanitaria que se necesitan urgentemente para hacer frente a las adversas condiciones de vida a las que se enfrentan los palestinos en la Franja de Gaza;

 

A FAVOR: Presidente Donoghue; Vicepresidente Gevorgian; Jueces Tomka, Abraham, Bennouna, Yusuf, Xue, Bhandari, Robinson, Salam, Iwasawa, Nolte, Charlesworth, Brant; Jueces ad hoc Barak, Moseneke;

EN CONTRA: Juez Sebutinde;

 

(5) Por quince votos a favor y dos en contra,

El Estado de Israel adoptará medidas eficaces para impedir la destrucción y garantizar la conservación de las pruebas relacionadas con las acusaciones de actos comprendidos en el ámbito de aplicación de los artículos II y III de la Convención para la Prevención y la Sanción del Delito de Genocidio contra miembros del grupo palestino en la Franja de Gaza;

 

A FAVOR: Presidente Donoghue; Vicepresidente Gevorgian; Jueces Tomka, Abraham, Bennouna, Yusuf, Xue, Bhandari, Robinson, Salam, Iwasawa, Nolte, Charlesworth, Brant; Juez ad hoc Moseneke;

EN CONTRA: Juez Sebutinde; Juez ad hoc Barak;

 

(6) Por quince votos contra dos,

El Estado de Israel deberá presentar un informe a la Corte sobre todas las medidas adoptadas para dar efecto a la presente Orden en el plazo de un mes a partir de la fecha de la presente Orden.

 

A FAVOR: Presidente Donoghue; Vicepresidente Gevorgian; Jueces Tomka, Abraham, Bennouna, Yusuf, Xue, Bhandari, Robinson, Salam, Iwasawa, Nolte, Charlesworth, Brant; Juez ad hoc Moseneke;

EN CONTRA: Juez Sebutinde; Juez ad hoc Barak».

 

El Juez XUE adjunta una declaración al Auto del Tribunal; el Juez SEBUTINDE adjunta una opinión disidente al Auto del Tribunal; los Jueces BHANDARI y NOLTE adjuntan declaraciones al Auto del Tribunal; el Juez ad hoc BARAK adjunta una opinión separada al Auto del Tribunal.

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