El 23 de marzo de 2023, el Parlamento de Luxemburgo votó en favor de modernizar y actualizar la ley de arbitraje aplicable a los arbitrajes con sede en Luxemburgo. La nueva ley entró en vigor el 25 de abril de 2023 (la Nueva Ley de Arbitraje) y es la primera modificación significativa de la ley de arbitraje de Luxemburgo en muchos años. Es indicativo que el Consejo de Estado de Luxemburgo haya estado pidiendo una reforma desde 1980. Esta reforma es el fruto del trabajo de varios académicos y profesionales del arbitraje uniendo sus voces para un cambio a través de diferentes foros como la Asociación de Arbitraje de Luxemburgo, la Cámara de Commerce y The Think Tank for Arbitration en Luxemburgo .
Principios rectores
No hace falta decir que reformar una ley que se remontaba a la codificación en la era napoleónica significaba que había mucho terreno por recorrer y mucho margen de mejora. Ahora, enriquecida con elementos de las leyes francesa y belga, así como con las disposiciones de la ley modelo de la CNUDMI sobre arbitraje comercial internacional, la Nueva Ley de Arbitraje puede servir mejor a cualquier aspiración de hacer de Luxemburgo un entorno propicio para el arbitraje.
La nueva regulación se sustenta en el Derecho francés y en la Ley Modelo de la CNUDMI sobre Arbitraje Comercial Internacional recogiendo a juicio de sus redactores las normas más adecuadas en cada texto. El propósito es, de una parte, la creación de un régimen liberal para facilitar el recurso al arbitraje, excluyendo al mismo tiempo ciertos tipos de litigios en aras de la protección; y, de otra parte, el rechazo de la distinción entre arbitraje nacional y arbitraje internacional, pese a su existencia en el Derecho francés. Sin embargo, el régimen de arbitraje internacional del derecho francés ha servido predominantemente como modelo de referencia.
Características clave de la nueva Ley de Arbitraje
Entre las características de la nueva Ley se encuentran las siguientes:
- El tribunal arbitral tiene derecho a decidir si tiene jurisdicción (principio de “competencia-competencia”); por lo tanto, la revisión del acuerdo de arbitraje por parte de un tribunal de Luxemburgo es bastante limitada (es decir, la no arbitrabilidad del caso o el acuerdo es manifiestamente nulo o no aplicable);
- El reconocimiento formal de la separabilidad y autonomía de la cláusula compromisoria;
- El derecho de las partes a solicitar medidas provisionales a un tribunal estatal, siempre que se cumplan ciertas condiciones;
- La introducción de la noción de «juez de apoyo» para facilitar el progreso de los procedimientos de arbitraje (es decir, entre otros, la intervención en disputas relacionadas con la constitución del tribunal, la extensión de la duración de la misión del tribunal , orden de producción de documentos);
- El tratamiento diferente de los laudos dictados en Luxemburgo por:
- Permitir un derecho de apelación único (ante el Tribunal de Apelación y por motivos limitados) con el fin de anular el laudo, por lo que no se concede ningún derecho de apelación contra el exequátur; y
- En general, poner a disposición un procedimiento de ejecución simplificado para dichos laudos en lugar del proceso estándar aplicable a los dictados fuera de Luxemburgo.
Con el propósito de dar cumplimiento a las necesidades (prácticas/logísticas) contemporáneas, se ha considerado, entre otras cosas, que:
- En caso de que no se especifique un plazo en el acuerdo de arbitraje, la duración predeterminada del procedimiento se ha fijado en seis meses a partir del nombramiento del último árbitro (sujeto a prórroga por acuerdo de las partes o por la persona responsable de organizar el arbitraje). , si tal persona ha sido designada por las partes o, en su defecto, por el juez de apoyo);
- Queda a discreción del tribunal arbitral reunirse, celebrar audiencias, examinar, etc. en cualquier lugar que estime conveniente; y
- Los procedimientos de arbitraje son confidenciales.
Luxemburgo centro de arbitraje
La situación geográfica, la continuidad política y la estabilidad del entorno normativo también pueden influir en la elección de las partes a favor de Luxemburgo como lugar de su arbitraje. El régimen está impregnado de una mayor flexibilidad, pero sigue ofreciendo una seguridad jurídica reforzada dado el papel del juez de apoyo, que, salvo indicación contraria, será el Presidente del Tribunal de Primera Instancia de Luxemburgo. En efecto, este país es uno de los centros financieros más sólidos de Europa, donde, entre otros, inversores y gestores de fondos de todo el mundo se reúnen y hacen realidad los negocios. La elevada actividad empresarial del país llamó la atención de varias partes interesadas, que han buscado promover la celebración de procedimientos de arbitraje en Luxemburgo.
Entre las partes que trabajan para lograr este objetivo se encuentra la Cámara de Comercio de Luxemburgo, que está encabezando la campaña al (i) formar una unidad separada (el Centro de Arbitraje de Luxemburgo o LAC) compuesta por expertos en arbitraje con el objetivo de promover el arbitraje, (ii) revisar sus reglas de arbitraje para reflejar la práctica contemporánea, y (iii) asegurar la cooperación con becarios vecinos y más experimentados. Con respecto a este último, el 8 de septiembre de 2022, el LAC firmó un acuerdo de cooperación con el Instituto de Arbitraje de los Países Bajos (NAI) y el Centro Belga de Arbitraje y Mediación (conocido como CEPANI), mientras que el 20 de septiembre se llevó a cabo un evento de arbitraje conjunto en Luxemburgo . abril de 2023 como resultado de esta cooperación.
Además, la comunidad de arbitraje de Luxemburgo cuenta con el apoyo de una asociación de arbitraje muy unida, a saber, la Asociación de Arbitraje de Luxemburgo, que ofrece un punto de contacto para que las partes elijan árbitros y, al mismo tiempo, organiza conferencias para educar a sus miembros.
Reforma adaptada al mercado actual
En términos del mercado de arbitraje actual en Luxemburgo, la mayoría de los profesionales del arbitraje están trabajando en el reconocimiento y ejecución de laudos arbitrales emitidos en el extranjero. Esto se debe a que Luxemburgo es una de esas jurisdicciones donde las corporaciones multinacionales depositan sus activos para su posterior inversión o para su custodia.
En ese contexto, parece que Luxemburgo ha hecho una elección estratégica en la Nueva Ley de Arbitraje. El proceso de ejecución simplificado de los laudos arbitrales dictados en Luxemburgo puede reportar beneficios importantes. Si existe una gran posibilidad de que el laudo deba ejecutarse en Luxemburgo, esta nueva característica, junto con la Nueva Ley de Arbitraje en general, así como los costos reducidos y las reglas de arbitraje modernizadas que ofrece el LAC, deberían mejorar el atractivo. de Luxemburgo como posible sede del arbitraje.
Si bien es demasiado pronto para decir si estos cambios serán suficientes para facilitar un cambio en el tráfico de arbitraje hacia Luxemburgo, los intentos de alinear la ley de arbitraje con los estándares internacionales modernos son bienvenidos.