Con motivo del Covid-19 la Comisión pone marcha de los «carriles verdes» en el marco de las Directrices sobre medidas de gestión de fronteras para proteger la salud y garantizar la disponibilidad de los bienes y de los servicios esenciales

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El DO de 24 de marzo de 2020 publica la Comunicación de la Comisión sobre la puesta en marcha de los «carriles verdes» en el marco de las Directrices sobre medidas de gestión de fronteras para proteger la salud y garantizar la disponibilidad de los bienes y de los servicios esenciales. Dicha Comunicación insta a los Estados miembros a aplicar íntegramente las directrices para la gestión de las fronteras a todos los transportes de mercancías dentro de la UE  y ofrece orientaciones adicionales específicas.

Las Directrices sobre medidas de gestión de fronteras para proteger la salud y garantizar la disponibilidad de los bienes y de los servicios esenciales, adoptadas por la Comisión Europea el 16 de marzo de 2020, subrayan el principio de que todas las fronteras interiores de la UE deben permanecer abiertas al transporte de mercancías y de que deben garantizarse las cadenas de suministro de los productos esenciales. La libre circulación de mercancías, especialmente en períodos de emergencias y en interés de todos, exige que los Estados miembros respeten y apliquen plenamente las Directrices en todos los pasos fronterizos de las fronteras interiores. El presente documento está concebido para ayudar a los Estados miembros a aplicar las Directrices por lo que se refiere a los carriles verdes. Su objetivo es generar un proceso de cooperación en toda la UE para garantizar que todas las mercancías, incluidos los bienes esenciales como los alimentos y los suministros médicos, lleguen rápidamente a su destino sin retrasos.

A fin de preservar la buena marcha de las cadenas de suministro en toda la UE y garantizar el funcionamiento del mercado único para las mercancías, allí donde existan o se hayan introducido controles en las fronteras interiores, se pide a los Estados miembros que designen de inmediato todos los puntos de paso fronterizos internos pertinentes de la red transeuropea de transporte (RTE-T), y otros en la medida en que se considere necesario, como pasos fronterizos de tipo «carril verde» para el transporte terrestre (por carretera y ferrocarril), marítimo y aéreo.

El tránsito por estos pasos fronterizos de tipo «carril verde» no debería superar los 15 minutos en las fronteras interiores, incluidos los controles y la inspección sanitaria de los trabajadores del transporte. Los «carriles verdes» deben estar abiertos a todos los vehículos de carga que transporten cualquier tipo de mercancía.

Los Estados miembros deben actuar de inmediato para suspender temporalmente todo tipo de restricciones al acceso por carretera existentes en su territorio (tránsito en fin de semana, nocturno, prohibiciones sectoriales, etc.) para el transporte de mercancías por carretera y para la necesaria libre circulación de los trabajadores del transporte.

Los trabajadores del transporte, con independencia de su nacionalidad y de su lugar de residencia, deben poder cruzar las fronteras interiores. Debe suprimirse toda restricción, como las impuestas al desplazamiento y la cuarentena obligatoria de los trabajadores del transporte, sin perjuicio de que las autoridades competentes adopten medidas proporcionadas y adaptadas específicamente para minimizar el riesgo de contagio.

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