Presentación y notificación de escritos procesales entre los representantes de las partes y el Tribunal de Justicia a través de la aplicación e-Curia

La Decisión del Tribunal de Justicia de 16 de octubre de 2018, sobre la presentación y notificación de escritos procesales a través de la aplicación e-Curia (DO L 293 de 20-11.2018) está  destinada a los abogados y a los agentes de los Estados miembros y de las instituciones, órganos y organismos de la Unión Europea que permite intercambiar escritos procesales. De conformidad con la esta decisión  permitirá presentar y notificar escritos procesales por vía electrónica. Para utilizar esta aplicación se requerirá la apertura de una cuenta de acceso y el empleo de un nombre de usuario y de una contraseña personalizados.

  • Escritos procesales: Se considerará que un escrito procesal presentado a través de e-Curia es el original de dicho escrito procesal, en el sentido del artículo 57, apartado 1, del Reglamento de Procedimiento, cuando para presentar tal escrito se hayan utilizado el nombre de usuario y la contraseña personalizados del representante de una parte o de una persona que actúe por cuenta de un órgano jurisdiccional de un Estado miembro. La utilización de ese nombre de usuario y de esa contraseña equivaldrá a la firma del escrito procesal de que se trate. El escrito procesal presentado a través de e-Curia deberá ir acompañado de los anexos que en él se mencionen y de una lista de dichos anexos. No será necesario presentar copias certificadas del escrito procesal presentado a través de e-Curia ni de sus eventuales anexos. El escrito procesal se considerará presentado, a efectos del art. 57, apartado 7, del Reglamento de Procedimiento, en el momento en que valide la presentación de dicho escrito el representante de la parte o la persona que actúe por cuenta del órgano jurisdiccional de que se trate. La hora que se tomará en consideración será la hora del Gran Ducado de Luxemburgo.
  • Notificación de escritos procesales. Los escritos procesales, incluidos sentencias y autos, se notificarán a través de e-Curia a los titulares de una cuenta de e-Curia que, en el asunto de que se trate, representen a una parte o actúen por cuenta de un órgano jurisdiccional de un Estado miembro, así como a sus eventuales asistentes. Los escritos procesales se notificarán igualmente a través de e-Curia a los Estados miembros, a los demás Estados partes en el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo y a las instituciones, órganos u organismos de la Unión que hayan aceptado este método de notificación. Los escritos procesales podrán notificarse igualmente siguiendo los otros métodos de transmisión previstos en el Reglamento de Procedimiento cuando el volumen o la naturaleza del documento así lo exijan o cuando la utilización de e-Curia se revele técnicamente imposible. Fecha y hora de la notificación Los destinatarios de las notificaciones mencionadas en el artículo anterior serán avisados por correo electrónico de todas las notificaciones que se les envíen a través de e-Curia. El escrito procesal se considerará notificado en el momento en que el destinatario solicite acceso al mismo. Si no se solicitara acceso al escrito, éste se considerará notificado al finalizar el séptimo día siguiente a la fecha de envío del correo electrónico de aviso. Cuando una parte esté representada por varias personas o cuando varias personas estén facultadas para actuar por cuenta de un órgano jurisdiccional de un Estado miembro, para el cálculo de los plazos, se tendrá en cuenta el momento en que se haya efectuado la primera solicitud de acceso. La hora que se tomará en consideración será la hora del Gran Ducado de Luxemburgo.

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