Nueva Dirección General de Españoles en el Exterior y de Asuntos Consulares

Dentro de la profunda reestructuración del Ministerio Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación que completa el Real Decreto 1271/2018, de 11 de octubre (BOE 12.10.2018) figura la creación de una Subsecretaría de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación que se estructura en las siguientes entidades:  a) La Secretaría General Técnica. b) La Dirección General del Servicio Exterior. c) La Dirección General de Españoles en el Exterior y de Asuntos Consulares. d) La Dirección General de Comunicación e Información Diplomática. e) El Introductor de Embajadores, con consideración y tratamiento de Director General y con rango de Embajador. Corresponde a la Dirección General de Españoles en el Exterior y de Asuntos Consulares la coordinación y supervisión de todas las actuaciones de las oficinas consulares españolas en la gestión de los servicios de la Administración General del Estado que se prestan en el exterior. Le compete, asimismo, la propuesta, elaboración y aplicación de la política en materia de protección y asistencia a los ciudadanos españoles en el extranjero, así como en materia de asilo, en la esfera de actuación del Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación y sin perjuicio de las competencias atribuidas en estas materias a otros Departamentos, con los que la Dirección General mantiene la necesaria coordinación. 2. En particular, le corresponde el ejercicio de las siguientes competencias: a) La propuesta y ejecución de la política de protección de los españoles en el extranjero, con particular atención a los españoles migrantes; la coordinación de la acción de las oficinas consulares en la gestión de los servicios que la Administración General del Estado presta en el extranjero; así como la supervisión de los consulados honorarios de España. b) La propuesta y aplicación de las actuaciones en materia de asistencia social a los españoles en el extranjero, en particular en materia de socorros y repatriaciones; la gestión del Registro de matrícula consular; la coordinación en las oficinas consulares del censo electoral de residentes ausentes, y la participación electoral de los españoles en el exterior; así como el seguimiento de los consejos de residentes españoles. c) La gestión de emergencias y situaciones de crisis que afecten a los españoles en el exterior. d) La coordinación de las competencias consulares en materia de auxilio a la cooperación judicial civil y penal, en especial, la tramitación de extradiciones; la negociación y la aplicación de los tratados internacionales y convenios relativos a la acción consular, y la coordinación de las funciones consulares en los ámbitos de la fe pública notarial y del registro civil consular. e) La asistencia, a través de las oficinas consulares de España, a los españoles que integran los nuevos flujos migratorios así como a aquellos que se encuentran desplazados en el exterior. f) La coordinación de la tramitación por parte de las oficinas consulares de los visados uniformes, así como la gestión de los visados nacionales, en los términos establecidos en la normativa española, la expedición de pasaportes en el exterior y, en el ámbito propio de las competencias del Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación, la propuesta y aplicación de la política en materia de inmigración y asilo. 3. Dependen de la Dirección General de Españoles en el Exterior y de Asuntos Consulares con nivel orgánico de subdirección general: a) La Subdirección General de Protección y Asistencia Consular, a la que corresponde el ejercicio de las funciones enumeradas en las letras a), b) y e) del apartado anterior. b) La Subdirección General de Asuntos Jurídicos Consulares, a la que corresponde el ejercicio de las funciones enumeradas en la letra d) del apartado anterior. c) La Subdirección General de Asuntos de Extranjería, a la que corresponde el ejercicio de las funciones enumeradas en la letra f) del apartado anterior. 4. Depende asimismo de esta Dirección General, con el nivel orgánico que se determine en la relación de puestos de trabajo, la División de Emergencia Consular, encargada de la coordinación y seguimiento de las actuaciones protección y asistencia consular del Departamento en situaciones de emergencia».

Un comentario

  1. Buenas tardes : Me llamo Aurelio Botey Lomopua, nací en la antigua santa Isabel de Fernando poo, concretamente en el mes de Mayo, es decir, cinco meses antes de la independencia es decir, Español de la A a la Z, y según la Constitución y el código civil, me gustaría que me orienten ustedes lo que debo hacer para ser reconocido como lo que soy, teniendo en cuenta que no he renunciado la nacionalidad española ni pienso hacerlo.

    Espero vuestra atenta respuesta y pueden llamarme por teléfono o enviarme una carta a la siguiente dirección postal.

    Urbanización nuevo Versalles, 31 – 1A, 28942.
    Saludos
    Aurelio Botey Lomopua
    Tel. 617558064

Deja un comentarioCancelar respuesta