La Sentencia del Tribunal Federal suizo, 1re Cour de doit civil, de 17 do octubre de 2017, se pronunció sobre la impugnación (nulidad y revisión ) de un laudo dictado en el contexto de un arbitraje internacional donde las cláusulas de arbitraje de los contratos controvertidos contenían una redacción según la cual las partes renunciaban a impugnar cualquier posible laudo arbitral futuro. Dicha decisión confirma la posibilidad de renuncia a la impugnación del laudo aunque las partes en el procedimiento arbitral no tengan ni domicilio, residencia habitual o establecimiento permanente en Suiza.
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Ningún inconveniente.
Un saludo cordial
José Carlos Fernández Rozas