El aseguramiento de la protección de la solicitud de patente europea en España está condicionado a que se presente una traducción al español de las reivindicaciones

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La Sentencia de la Audiencia Provincial de Burgos, Sección Tercera, de 27 de julio de 2017 declara que  la patente europea del demandante italiano todavía no disponía de protección en España , y en consecuencia, las reivindicaciones del modelo de utilidad tendrían preferencia a las de la patente del demandante por ser anteriores a ésta. Se conformidad con la Audiencia «Las patentes solicitadas y concedidas conforme a este Convenio (patentes europeas) solo adquieren la condición de patentes españolas a partir de la producción de sus efectos en España. La solicitud de patente europea confiere una fecha de presentación al solicitante. Desde el momento de su publicación, la solicitud de
patente europea confiere protección provisionalmente al solicitante en los Estados contratantes designados (art. 64 y 67.1º CPE). No obstante, el aseguramiento de la protección de la solicitud de patente europea en España está condicionado a que se presente una traducción al español de las reivindicaciones (art. 67.3 CPE y arts. 5 y 6  RD 2424/1986 de 10 de octubre) (…). Por lo tanto, a la vista del documento 1 de la demanda y 7 de la contestación, siendo la fecha de aportación de la traducción de la patente europea del demandante solicitando la protección provisional de fecha 10 de enero de 2011 y fecha de publicación el 17/3/2011, cuando el titular del modelo de utilidad n º 1074013 solicita la protección con fecha 26 de octubre de 2010 y fecha de publicación el 14/3/2011, la patente europea del demandante todavía no disponía de protección en España , y en consecuencia , las reivindicaciones del modelo de utilidad tendrían preferencia a las de la patente del demandante por ser anteriores a ésta».

Un comentario

  1. […] De todos es sabido que en España la litigación en materia de patentes no prolifera en exceso, en especial comparado con marcas, por lo tanto, siempre es una agradable sorpresa encontrar sentencias como la SAP de Burgos de 2017, en la que se nos recuerda que una patente europea que designa España sólo comienza a tener plena protección desde el momento en el que se presenta una traducción de las reivindicaciones al español, como nos cuentan en Fernández Rozas aquí. […]

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