Cierre de un expediente relativo a un menor extranjero no acompañado en situación irregular en España, por probarse que el recurrente era mayor de edad

La Sentencia de la Audiencia Provincial de Barcelona, Sección Decimoctava, de 17 de enero de 2017 confirma la resolución de la  Direcció General d’Atenció a la Infància i a l’Adol.lescència que acordó el cierre del expediente administrativo de desamparo al considerar al recurrente mayor de edad. Dicho recurrente era portador de un pasaporte y certificado de nacimiento expedidos en República de Gambia su país de origen. Según la Sentencia «la apariencia física del actor de edad superior a 18 años justificaban la realización de las pruebas médicas que se llevaron a cabo pues se trataba de un extranjero cuya documentación podría ser falsa y cuya minoría de edad podía ponerse razonablemente en duda. Tales pruebas médicas dieron como resultado una edad superior a los 18 años, tal como constan en los informes médicos».

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