El Consejo de Ministros de 17 de noviembre de 2020 autoriza contribuciones voluntarias a diversas organizaciones y otras entidades de carácter internacional por importe de 17.000.000 euros

El Consejo de Ministros de 17 de noviembre de 2020 ha autorizado contribuciones voluntarias a diversas organizaciones y otras entidades de carácter internacional por importe de 17.000.000 euros.

En aplicación de la Disposición adicional cuarta de la Ley 25/2014, de 27 de noviembre, de Tratados y otros Acuerdos Internacionales, las contribuciones o aportaciones voluntarias que realice la Administración General del Estado no previstas en Tratados y Acuerdos Internacionales deben ser autorizadas por el Consejo de Ministros.

Se indica a continuación el destino y finalidad de cada una de las contribuciones autorizadas:

Contribución de 5.000.0000 euros al Banco Interamericano de Desarrollo (BID)

El BID es una institución financiera creada en el año 1959 con el objeto de financiar proyectos viables de desarrollo económico, social e institucional y promover la integración comercial regional en el área de América Latina y el Caribe. El BID está desarrollando programas de apoyo a la población migrante, a través de préstamos orientados a facilitar los recursos técnicos y financieros necesarios para desarrollar políticas integrales que permitan el acceso de la población migrante a servicios urbanos, formación laboral, oportunidades de emprendimiento y vivienda e infraestructura básica, entre otros. La cuantía de la contribución propuesta se acordó con el BID con el objetivo de contribuir al apalancamiento de recursos para el desarrollo de estrategias orientadas a la rápida integración socioeconómica de la población migrante en las comunidades de acogida, favoreciendo beneficios colaterales para la población anfitriona y fomentando la cohesión social.

Contribución de 7.000.000 euros al Alto Comisionado de Naciones Unidas para los Refugiados (ACNUR)

El Alto Comisionado de Naciones Unidad para los Refugiados, actuando bajo la autoridad de la Asamblea General, asume la función de proporcionar protección internacional a los refugiados que se encuentren en el ámbito de actuación del Estatuto de ACNUR y de buscar soluciones permanentes para el problema de los refugiados ayudando a los gobiernos y, con la aprobación de los gobiernos afectados, a organizaciones privadas para facilitar la repatriación voluntaria de los refugiados, su integración en las nuevas comunidades nacionales o su reasentamiento en terceros países. España es miembro del Comité Ejecutivo del ACNUR desde 1994, habiendo desarrollado desde entonces una estrecha colaboración, tal y como se recoge en el Acuerdo Marco de Colaboración entre el Reino de España y el ACNUR, firmado en Ginebra en diciembre de 2002. La cuantía de la contribución propuesta se acordó con el ACNUR y se considera necesaria para mejorar la protección de la población venezolana en situación de vulnerabilidad en Colombia, Ecuador, Perú, así como en Venezuela, sobre todo a través de la protección, la seguridad alimentaria, asistencia sanitaria y para la generación de medios de vida. Además, esta contribución contribuirá a respaldar la labor de la Plataforma Regional de Coordinación Inteligencia.

De igual modo, el apoyo al ACNUR es coherente con la línea de diplomacia humanitaria de la Cooperación Española y con la Estrategia de Acción Humanitaria de la Cooperación Española 2019- 2026. Asimismo, se señala que la propuesta de contribución se enmarca en los compromisos adquiridos por el Gobierno Español en la Conferencia Internacional de Donantes en solidaridad con los refugiados y migrantes venezolanos celebrada el 26 de mayo de 2020.

Contribución de 5.000.000 euros a la Organización Internacional para las Migraciones (OIM)

La Organización Internacional para las Migraciones es la principal organización intergubernamental en el campo de la migración. Trabaja con socios gubernamentales, intergubernamentales y no gubernamentales y desde septiembre de 2016 es una agencia relacionada con las Naciones Unidas. Cuenta con 166 Estados miembros y oficinas en más de 100 países y es socio con el Alto Comisionado de Naciones Unidas para los Refugiados de la Plataforma de Coordinación Inteligencia establecida para gestionar los flujos de migrantes y refugiados de Venezuela en 17 países de las regiones de América Latina y el Caribe. Esta contribución permitirá seguir apoyando actuaciones de la OIM para fortalecer la respuesta a la población venezolana en situación de vulnerabilidad en Colombia, Ecuador, Perú y Venezuela incluyendo niños, niñas y adolescentes, promoviendo la integración socioeconómica de esta población en sus comunidades de acogida, fortaleciendo los sistemas de salud y empoderando a la sociedad civil.

La no aprobación de los Presupuestos Generales del Estado antes del 1 de enero de 2020 ha conllevado, de acuerdo con el ap. 4 del art. 134 de la Constitución Española, la prórroga automática de los Presupuestos del ejercicio anterior hasta la aprobación de los nuevos. Por su parte, el ap. 3 del art. 38 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria establece que «[l]a estructura orgánica del presupuesto prorrogado se adaptará, sin alteración de la cuantía total, a la organización administrativa en vigor en el ejercicio en que el presupuesto deba ejecutarse».

Las anteriores contribuciones voluntarias se encuentran recogidas en el calendario de actuaciones del Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación correspondientes al primer semestre de 2020, anexo a la autorización del Ministerio de Hacienda, de 12 de febrero de 2020, previsto en el apartado sexto del Acuerdo de Consejo de Ministros de 27 de diciembre de 2019 por el que se establecen los criterios de aplicación de la prórroga para 2020 de los Presupuestos Generales del Estado vigentes en el año 2019, se formalizaba la distribución por secciones y se aprueban medidas para reforzar el control del gasto público.

Asimismo, estas contribuciones se encuentran recogidas en el anexo de la autorización del Ministerio de Hacienda de fechas 2 de septiembre (BID) y 15 de septiembre de 2020 (ACNUR y OIM), prevista en el apartado séptimo del citado Acuerdo y se autoriza que en la tramitación de los expedientes se pueda superar el límite indicado en dicho apartado.

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