El Tribunal de Justicia de la Unión Europea hace constar que la retirada del Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte de la Unión Europea tiene como efecto poner fin a los mandatos de los Miembros británicos de la Institución, con efectos desde el 31 de enero de 2020 a medianoche.
El número de jueces del Tribunal de Justicia y del Tribunal General, fijado en uno por Estado miembro para el Tribunal de Justicia y dos por Estado miembro para el Tribunal General, se reduce por tanto con efecto inmediato en el momento de la retirada del Reino Unido de la Unión Europea. En cambio, de conformidad con la Declaración de la Conferencia de los Representantes de los Gobiernos de los Estados miembros de 29 de enero de 2020 sobre las consecuencias de la retirada del Reino Unido de la Unión Europea para los abogados generales del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, el número de abogados generales del Tribunal de Justicia, fijado en once por la Decisión del Consejo de 25 de junio de 2013, 1 no se verá afectado por dicha retirada.
A la espera del nombramiento de un nuevo abogado general por los Gobiernos de los Estados miembros, Dª Eleanor Sharpston continuará en su cargo, de conformidad con los arts. 5 y 8 del Estatuto del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, hasta la entrada en funciones de su sucesor.
Con arreglo a los términos del Acuerdo de retirada, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea seguirá siendo competente para conocer de cualquier recurso interpuesto por o contra el Reino Unido antes del fin del período transitorio, fijado en el 31 de diciembre de 2020. Seguirá siendo asimismo competente para pronunciarse con carácter prejudicial sobre las peticiones de los órganos jurisdiccionales del Reino Unido presentadas antes del fin de dicho período transitorio.
El Tribunal de Justicia de la Unión Europea agradece la importante contribución de todos los antiguos Miembros británicos a la construcción europea en general y a la jurisprudencia del Tribunal de Justicia y del Tribunal General en particular