Un laudo del CIADI condena a España al pago de 41,76 millones de euros más intereses y costas a 9REN HOLDING S.À.R.L. en un nuevo asunto de energías renovables

En el laudo del CIADI de 31 de mayo de 2019 en el asunto 9REN HOLDING S.À.R.L. c. Reino de españa (Caso CIADI No. ARB/15/15), el tribunal compuesto por Ian Binnie (Presidente), David R. Haigh árbitro y V.V. Veeder, ábitro, condenó a España a pagar 41,76 millones de euros más intereses y costas a 9REN, sociedad de la firma de inversión First Reserve. El laudo declara que España vulneró el Tratado de la Carta de la Energía, en concreto, el principio de trato justo y equitativo. El grupo 9REN, especializado en energía fotovoltaica, nació en 2008 cuando el fondo de inversión americano Fist Reserve Corporation adquirió la empresa italiana Ener3 y la española Gamesa Solar. En 2015, tras los sucesivos recortes de primas y limitaciones regulatorias a la energía fotovoltaica, demandó a España ante el Ciadi. La condena incluye costes del procedimiento, entre ellos los honorarios y gastos legales del demandante por importe de 4,8 millones de dólares y 560.458 euros y los honorarios y gastos del tribunal y del Ciadi por cerca de otros 300.000 dólares. A eso se suman los intereses a calcular desde el 30 de junio de 2014 a una tasa equivalente a la del bono español a 5 años.

Debe recordarse que los laudos del CIADI son definitivos y obligatorios respecto de las partes en la diferencia y que están sujetos a los limitados recursos posteriores al laudo previstos en el Convenio. Uno de ellos es el de rectificación. Si una parte considera que el Tribunal ha omitido resolver un punto en el laudo, podrá solicitar una decisión suplementaria del mismo Tribunal (Artículo 49(2) del Convenio del CIADI, Regla 49 de las Reglas de Arbitraje). Utilizando este cauce España inició el 18 de julio de 2019 un procedimiento de rectificación en el presente arbitraje.

 

Un comentario

  1. Administrador – Catedrático de Derecho internacional privado y Co-Director del Máster de Derecho de los negocios internacionales de la Universidad Complutense de Madrid. Miembro del Institut de Droit International, y del Instituto Hispano Luso Americano de Derecho Internacional. Doctor honoris causae por la Universidad de Córdoba (Argentina) Profesor honorario de la Universidad Peruana de Ciencias Aplicadas. Académico correspondiente de la Real Academia Española de Legislación y Jurisprudencia y Miembro de las Academias Argentina de Derecho Comparado, Argentina de Derecho Internacional y Mexicana de Derecho Internacional Privado y Comparado. Director del Anuario Español de Derecho internacional privado, de la Revista La Ley: Unión Europea y de la Revista La Ley: Mediación y Arbitraje. Autor de diversos manuales y repertorios, quince monografías y de más de dos centenares de artículos científicos sobre: Derecho internacional privado, Derecho de los negocios internacionales, Derecho económico internacional, Derecho procesal civil internacional y arbitraje comercial internacional, etc… Abogado del Ilustre Colegio de la Abogacía de Madrid. Socio Fundador del Gabinete Jurídico Empresarial Iprolex, S.L. (Madrid). Presidente de Tribunal arbitral, co-árbitro, árbitro ad hoc y abogado en arbitrajes internacionales e internos administrados por la CCI, CIADI, CPA, CIAM, Corte Española de Arbitraje, Corte de Arbitraje del ICAM, CIMA y CAM y en arbitrajes ad hoc. Mediador, inscrito en el Registro de Mediadores e Instituciones de Mediación. Vocal de la Corte de Arbitraje y Director de la Escuela de Formación de Árbitros del Ilustre Colegio de Abogados de Madrid. Coordinador del Servicio de Mediación de la Corte Civil y Mercantil de Arbitraje (CIMA).
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