Siguiendo la doctrina del Tribunal de Justicia, el Tribunal Supremo declara improcedente denegar el permiso de residencia por antecedentes penales cuando existen hijos a cargo

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La Sentencia del Tribunal Supremo (Sala Tercera, Sección Tercera) de 10 de enero de 2017, reconoce el derecho de un nacional colombiano con antecedentes penales a que se le conceda el permiso de residencia temporal en España porque su denegación supondría, al tener que abandonar el país, la salida del territorio de la Unión Europea de los dos hijos menores de edad que tiene a su cargo en exclusiva y que son ciudadanos comunitarios. Con ello da cumplimiento al resultado a la cuestión prejudicial que suscitó en su día y que tuvo respuesta en la Sentencia del Tribunal de Justicia, Gran Sala,  de 13 de septiembre de 2016, asunto 164/14: Rendón Marín.

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