Nuevas autoridades nacionales del Convenio sobre el Comercio Internacional de Especies Amenazas de Fauna y Flora Silvestres (CITES) (16 noviembre 2021)

El BOE 10.12.2021 publica el Real Decreto 986/2021, de 16 de noviembre, por el que se establecen medidas de aplicación del Convenio sobre el Comercio Internacional de Especies Amenazadas de Fauna y Flora Silvestres (CITES), hecho en Washington el 3 de marzo de 1973, y del Reglamento (CE) n.º 338/97, del Consejo, de 9 de diciembre de 1996, relativo a la protección de especies de la fauna y flora silvestres mediante el control de su comercio..

De este modo, el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico pasa a ser la autoridad administrativa y órgano de gestión principal, y tendrá la responsabilidad de la aplicación del reglamento CITES y de la comunicación con la Comisión Europea. Por otro lado, la autoridad científica, que hasta la fecha era ejercida por el MITECO, pasa a ser el Consejo Superior de Investigaciones Científicas (CSIC), dependiente del Ministerio de Ciencia e Innovación. El Convenio CITES es un acuerdo internacional -suscrito en Washington en 1973, y al que España se adhirió en 1986- que vela por que el comercio de animales y plantas silvestres no constituya una amenaza para la supervivencia y conservación de las especies. En el ámbito de la UE, CITES se aplica a través del Reglamento (CE) nº 338/97 del Consejo, de 9 de diciembre de 1996, relativo a la protección de especies de la fauna y flora silvestres mediante el control de su comercio, que establece que cada estado miembro designará un órgano de gestión principal de la aplicación del citado reglamento y de la comunicación con la Comisión Europea. También estipula que cada país señale una o más autoridades científicas con funciones distintas de las de todos los órganos de gestión designados.

La presente actualización dota de mayor coherencia al actual reparto de competencias en esta materia dentro la Administración General del Estado, al tiempo que se homologa al esquema existente en los demás países de la Unión Europea.

Nuevas funciones

Entre las nuevas funciones que el MITECO pasará a desarrollar como autoridad administrativa destacan la emisión de permisos de exportación e importación, y certificados para especímenes de especies incluidas en los Apéndices y anexos del Reglamento comunitario; determinar que los especímenes vivos serán acondicionados y transportados de manera que se reduzca al mínimo el riesgo de heridas, deterioro en su salud o maltrato de conformidad, con la Convención e inspeccionar los establecimientos de cría en cautividad y los viveros para confirmar la identidad y el origen legal y, en colaboración con la Autoridad Científica, supervisar la gestión de cada establecimiento de cría en cautividad.

Centros de rescate

En los casos en los que las autoridades competentes determinen que se ha producido una infracción del reglamento o se hayan encontrado especímenes víctimas del tráfico ilegal, el MITECO deberá determinar, previa consulta a la autoridad científica, qué centros de rescate CITES son adecuados para el depósito y designarán el centro donde se situará el espécimen decomisado. Del mismo modo, el MITECO autorizará qué centros de rescate pueden cumplir esta función y se encargará de gestionar la creación de nuevos centros si fuera necesario.

Los especímenes intervenidos y depositados en los centros habilitados podrán ser devueltos a su país de origen previa consulta a la Autoridad Científica CITES. En el caso de que la reintroducción de los ejemplares fuera imposible se prevé que se mantengan en cautividad para dotar a los programas de conservación ex situ o educación ambiental, entre otros.

Por ello, el MITECO designará y creará una red nacional de centros de rescate de especímenes CITES incautados con centros y entidades para el adecuado cuidado y mantenimiento de los ejemplares.

Reparto de competencias

Desde 1986 la autoridad administrativa y órgano de gestión del Convenio CITES en España era ejercida por la Dirección General de Política Comercial del actual Ministerio de Industria, Comercio y Turismo, mientras que la autoridad científica había correspondido a los sucesivos ministerios de Medio Ambiente y, en la actualidad, al MITECO. Este reparto competencial en España era radicalmente diferente al resto de los países europeos y de la inmensa mayoría de los países adherido al Convenio, en los que estas competencias recaían en el departamento ministerial competente en Medio Ambiente.

Hasta el 2 de enero de 2022, las solicitudes de permisos y notificaciones, así como la instrucción y resolución del resto de procedimientos regulados por el Convenio CITES continuarán correspondiendo a la Secretaría de Estado de Comercio del Ministerio de Industria, Comercio y Turismo.

La nueva situación permitirá reforzar la cooperación con el Servicio de Protección de la Naturaleza (SEPRONA) de la Guardia Civil en materia de lucha contra el tráfico ilegal de vida silvestre en el contexto del Plan TIFIES. En este contexto, entre 2018 y 2020, se llevaron a cabo más de 18 operaciones contra el tráfico de especies enmarcadas dentro de la aplicación del Convenio CITES. Los operativos incautaron más de 5.000 ejemplares de especies en peligro de extinción, 1.922 kg de angulas vivas, 750 huevos de tortugas y más de 500 piezas de marfil, entre otros.

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