Brexit: La Comisión Europea aplica un Plan de acción de contingencia para sectores específicos para el caso de que no se produzca un acuerdo

Habida cuenta de la continua incertidumbre en el Reino Unido en torno a la ratificación del acuerdo de retirada, tal y como fue convenido por la UE y el Reino Unido el 25 de noviembre de 2018, y en respuesta al llamamiento del Consejo Europeo (art. 50) a intensificar el trabajo de preparación para las consecuencias a todos los niveles y sea cual sea el resultado del proceso, la Comisión Europea ha empezado a aplicar su Plan de acción de contingencia por falta de acuerdo. Esto responde al compromiso de la Comisión de adoptar todas las propuestas necesarias en caso de no alcanzar un acuerdo para finales de año, tal como se indica en su segunda Comunicación sobre la preparación de 13 de noviembre de 2018. El paquete hecho público el 19 de diciembre de 2018 incluye 14 medidas en un número limitado de ámbitos en los que la falta de acuerdo generaría fuertes perturbaciones para los ciudadanos y las empresas en la EU-27. Estos ámbitos incluyen los servicios financieros, el transporte aéreo, las aduanas y la política en materia de cambio climático, entre otros. La Comisión considera esencial y urgente la adopción hoy de estas medidas para garantizar que las medidas de contingencia necesarias puedan entrar en vigor el 30 de marzo de 2019 a fin de limitar los daños más importantes que podrían producirse en el caso de una retirada sin acuerdo. Estas medidas en ningún caso podrán atenuar el impacto global de la falta de acuerdo, como tampoco compensarán de modo alguno la falta de preparación de las partes interesadas ni reproducirán plenamente las ventajas de la adhesión a la Unión o las condiciones de un eventual periodo de transición, como prevé el acuerdo. Se limitan a ámbitos específicos en los que es absolutamente necesario proteger los intereses vitales de la UE y en los que las medidas de preparación no son suficientes por sí solas. Por regla general, tendrán carácter temporal y alcance limitado y serán adoptadas unilateralmente por la UE. Las medidas tienen en cuenta los diálogos con los Estados miembros y son complementarias de las medidas de preparación ya adoptadas, descritas en las dos Comunicaciones de preparación anteriores. Durante las próximas semanas, la Comisión continuará con la aplicación de su plan de acción de contingencia, supervisará la necesidad de medidas adicionales y seguirá apoyando a los Estados miembros en su trabajo de preparación.

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