En diciembre de 2016, la UE y Cuba firmaron un primer acuerdo bilateral, que puso fin al anterior marco de relaciones, la llamada Posición Común de 1996 que vinculaba la cooperación europea a las “mejoras de los derechos humanos”. La UE se encaminó así a la reanudación completa de sus relaciones con la isla, pese a las últimas acciones de EE UU. Acuerdo de Diálogo Político y de Cooperación entre la Unión Europea y sus Estados miembros, por un lado, y la República de Cuba, por otro, firmado en Bruselas el 12 de diciembre de 2016, se aplicará provisionalmente, con arreglo a su art. 86, apartado 3, a partir del 1 de noviembre de 2017. La notificación figura en el DO de 7 de octubre de 2017. En virtud del art. 3 de la Decisión (UE) 2016/2232 del Consejo de 6 de diciembre de 2016 relativa a la firma y a la aplicación provisional del Acuerdo, las disposiciones del Acuerdo indicadas a continuación se aplicarán de forma provisional entre la Unión y la República de Cuba, aunque únicamente en la medida en que se refieran a materias que sean competencia de la Unión, incluidas aquellas materias que correspondan a la competencia de la Unión de definir y ejecutar la política exterior y de seguridad común.