Acuerdo marco de Colaboración y Cooperación entre la Unión Europea y sus Estados miembros y la República de Filipinas

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De conformidad con la Decisión 2012/272/UE del Consejo (2), el 11 de julio de 2012 se firmó el Acuerdo marco de Colaboración y Cooperación entre la Unión Europea y sus Estados miembros, por una parte, y la República de Filipinas, por otra. Dicho Acuerdo fue aprobado por la Decisión (UE) 2017/2414 del Consejo de 25 de septiembre de 2017, que publica el DO de 22 de diciembre de 2017 junto con el texto de este último. Los objetivos de este instrumento son el mantenimiento de un diálogo global y la promoción de una mayor cooperación entre ellas en todos los sectores de interés común, dirigidos, en particular, a: a) establecer una cooperación en cuestiones políticas, sociales y económicas en todos los foros y organizaciones regionales e internacionales pertinentes; b) establecer una cooperación de cara a la lucha contra el terrorismo y los delitos transnacionales; c) establecer una cooperación sobre los derechos humanos y el diálogo sobre la lucha contra los delitos graves de alcance internacional; d) establecer una cooperación contra la proliferación de armas de destrucción masiva, armas pequeñas y ligeras, y fomentar el proceso de paz y la prevención de conflictos; e) establecer una cooperación en todos los ámbitos de interés común relacionados con el comercio y la inversión, con el fin de facilitar los flujos comerciales y de inversión y eliminar los obstáculos a dichos flujos, en consonancia con los principios de la OMC y las iniciativas regionales UE-ASEAN actuales y futuras; f) establecer una cooperación en el ámbito de la justicia y la seguridad, que abarque la cooperación jurídica, las drogas ilícitas, el blanqueo de capitales, la lucha contra la delincuencia organizada y la corrupción, la protección de datos y los refugiados y desplazados internos; g) establecer una cooperación en los ámbitos de la migración y las relaciones laborales marítimas; h) establecer una cooperación en todos los demás sectores de interés mutuo, particularmente el empleo y los asuntos sociales, la cooperación para el desarrollo, la política económica, los servicios financieros, la buena gestión en el ámbito fiscal, la política industrial y las PYME, la tecnología de la información y la comunicación (TIC), el sector audiovisual, de medios de comunicación y multimedios, la ciencia y la tecnología, el transporte, el turismo, la educación, la cultura, el diálogo intercultural e interconfesional, la energía, el medio ambiente y los recursos naturales, incluido el cambio climático, la agricultura, la pesca y el desarrollo rural, el desarrollo regional, la salud, las estadísticas, la gestión del riesgo de catástrofes, y la administración pública; i) incrementar la participación de ambas Partes en los programas de cooperación subregionales y regionales abiertos a la participación de la otra Parte; j) mejorar el papel y el perfil de Filipinas y la Unión Europea; k) promover la comprensión interpersonal y el diálogo efectivo y la interacción con la sociedad civil organizada.

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