La Sentencia del Tribunal de Justicia (Gran Sala) de 4 de abril de 2017 (asunto C-544/15: Fahimian) declara que las autoridades nacionales pueden denegar, por motivos de seguridad pública, la concesión de a una ciudadana iraní titulada en una Universidad sometida a medidas restrictivas de un visado a efectos de estudios en un ámbito sensible tal como la seguridad de la tecnología de la información. No obstante las autoridades nacionales disponen de un amplio margen para apreciar la existencia de una amenaza para la seguridad pública, la decisión de denegación debe estar debidamente motivada. En el caso la solicitante, que estaba en posesión de un máster Universitario en Tecnología de la Información expedido por la Universidad de Tecnología Sharif (Irán) dedicada a la enseñanza especializada e Tecnología, Ingeniería y Física, había presentado en la embajada de la República Federal de Alemania en Teherán una solicitud de visado para cursar estudios de doctorado en el Center for Advanced Security Research Darmstadt (CASED) de la Technische Universität Darmstadt, en el marco del proyecto «Sistemas fiables integrados y móviles». Había adjuntado, además, un certificado de admisión de esa Universidad y una carta del Director Gerente del Center for Advanced Security Research Darmstadt de 14 de noviembre de 2012.