El Consejo de la Unión Europea ha adoptado un Reglamento destinado a reforzar el bienestar, la identificación y la trazabilidad de perros y gatos en el conjunto de la Unión. La normativa establece por primera vez un marco armonizado europeo aplicable a la cría, comercialización, registro y circulación de animales de compañía, con el objetivo de combatir el tráfico ilegal, mejorar la protección animal y reforzar la seguridad de los consumidores.
La adopción del texto culmina el proceso iniciado con la propuesta respaldada por el Coreper el 26 de junio de 2024 para establecer, por primera vez, normas mínimas comunes a escala de la Unión Europea sobre bienestar y trazabilidad de perros y gatos, en respuesta al crecimiento del comercio transfronterizo de animales de compañía y al incremento de las actividades ilícitas vinculadas a su comercialización.
La nueva regulación introduce requisitos comunes aplicables a criadores, vendedores, refugios y plataformas digitales que participen en la comercialización de perros y gatos dentro del mercado europeo. El texto prevé igualmente sistemas obligatorios de identificación y registro destinados a garantizar la trazabilidad completa de los animales en todos los Estados miembros.
Refuerzo de las garantías de bienestar animal
La normativa incorpora requisitos más estrictos en materia de bienestar animal relativos a la cría, alojamiento, manipulación y atención veterinaria de perros y gatos. Entre las principales novedades destaca la prohibición de participación en competiciones, exposiciones o espectáculos de animales que presenten rasgos extremos de conformación susceptibles de comprometer su salud o bienestar.
El Reglamento responde asimismo a la creciente preocupación institucional por el aumento de prácticas de cría irresponsables y por la expansión del comercio de mascotas a través de plataformas digitales, fenómeno que ha incrementado los riesgos de fraude, abandono y maltrato animal.
Nuevas obligaciones para el comercio y las plataformas digitales
Uno de los elementos centrales de la regulación reside en el refuerzo de los mecanismos de identificación y trazabilidad. Los anuncios de venta de perros y gatos publicados en internet deberán incorporar información de identificación verificable, facilitando el seguimiento de los animales y dificultando las actividades fraudulentas.
El Reglamento establece igualmente requisitos equivalentes de bienestar y trazabilidad para las importaciones procedentes de terceros Estados, con el propósito de evitar distorsiones en el mercado interior y reforzar los controles frente al tráfico ilegal transfronterizo.
Las autoridades nacionales competentes dispondrán además de mecanismos reforzados de cooperación administrativa y aplicación transfronteriza de la normativa, con vistas a mejorar la detección de redes ilícitas vinculadas al comercio ilegal de animales de compañía.
Identificación obligatoria y registro progresivo
La nueva legislación introduce de manera progresiva requisitos obligatorios de identificación y registro aplicables a perros y gatos comercializados o mantenidos dentro de la Unión Europea, incluidos los animales pertenecientes a particulares.
El sistema se implantará mediante períodos transitorios escalonados, con el fin de permitir que operadores económicos, administraciones nacionales y propietarios puedan adaptarse gradualmente a las nuevas obligaciones regulatorias.
Las instituciones europeas consideran que la normativa contribuirá significativamente a incrementar la transparencia en el comercio de animales de compañía, reforzando simultáneamente la protección de los consumidores y la lucha contra las prácticas fraudulentas y las redes de tráfico ilegal.
Actuaciones futuras
El Reglamento entrará en vigor veinte días después de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea. Varias de sus disposiciones estarán sujetas a períodos transitorios específicos destinados a facilitar la adaptación progresiva de los Estados miembros y de los distintos operadores afectados por la nueva regulación.
