Armonización técnica: el Consejo de la UE aprueba nuevos requisitos para cargadores de coches y otros instrumentos de medida (26 febrero 2026)

El Consejo ha adoptado el 26 de febrero de 2026 unaDirectiva  que modifica los requisitos para los instrumentos de medida vendidos e introducidos en el mercado único. La Directiva actualizada sobre instrumentos de medida (MID) facilitará la implantación de cargadores para vehículos eléctricos, dispensadores de gas comprimido y contadores de energía térmica, esenciales para la transición ecológica. Las normas revisadas también priorizan la digitalización y la medición inteligente, y apoyan el uso de gases emergentes como el hidrógeno para contribuir a la descarbonización de los procesos industriales.

Antecedentes

La Directiva sobre instrumentos de medida (MID) se estableció en 2004 y se actualizó en 2014 para alinearse con los principios del nuevo marco legislativo. Esta revisión introdujo un conjunto unificado de obligaciones para los operadores económicos y procedimientos estandarizados de evaluación de la conformidad. Sin embargo, el marco vigente no contemplaba los nuevos tipos de instrumentos de medida, y algunos requisitos clave habían quedado obsoletos y ya no eran tecnológicamente neutrales (como los requisitos de visualización). Esta limitación ha dificultado la adopción de soluciones digitales modernas que beneficiarían a los consumidores. La nueva directiva también aborda el problema del vandalismo y el robo de cables en las estaciones de recarga de vehículos eléctricos.

La nueva directiva sobre instrumentos de medición establece normas comunes para cargadores eléctricos y surtidores de gas, allanando el camino para el despliegue generalizado de infraestructuras de carga. Este es un paso decisivo en la transición de Europa hacia un sistema de movilidad más ecológico y energéticamente eficiente, que nos impulsa hacia un futuro más limpio.

Nuevos requisitos para los cargadores de vehículos

El acuerdo amplía el alcance de la MID para cubrir todos los equipos de suministro de vehículos eléctricos (EVSE), incluyendo ferrocarriles, barcos, embarcaciones y aeronaves. Introduce requisitos para que los cables de EVSE se puedan reemplazar fácilmente en caso de daño o robo, sin comprometer el rendimiento del dispositivo. Al mostrar los resultados de las mediciones, los medidores de gas y electricidad mostrarán los datos directamente en el medidor o mediante una pantalla remota, mientras que los dispensadores de EVSE y gas comprimido pueden presentar la información en la pantalla del vehículo o en dispositivos del usuario final, como teléfonos inteligentes.

Actuaciones futuras

Tras la aprobación del Consejo, se ha adoptado el acto legislativo. La directiva entrará en vigor a los 20 días de su publicación en el diario oficial. Los Estados miembros dispondrán de 24 meses para incorporar las nuevas normas a su ordenamiento jurídico nacional. Los nuevos requisitos se aplicarán 30 meses después de la entrada en vigor de la directiva, excepto para los cargadores EVSE y los dispensadores de gas comprimido (los dos nuevos elementos de la presente directiva), que disfrutarán de un periodo transitorio más largo, de 48 meses.

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