El Consejo y el Parlamento allanan el camino para una Tarjeta Europea de Discapacidad y para una Tarjeta Europea de Estacionamiento para personas con discapacidad (8 febrero 2024)

El Consejo y el Parlamento allanan el camino para unaTarjeta Europea de Discapacidad y para una Tarjeta Europea de Estacionamiento para personas con discapacidad (8 febrero 2024)

La Presidencia del Consejo ha alcanzado el 8 de febrero de 2024 un acuerdo con los negociadores del Parlamento Europeo sobre la Directiva por la que se establecen la Tarjeta Europea de Discapacidad y la Tarjeta Europea de Estacionamiento para personas con discapacidad.

Las autoridades nacionales serán responsables de la expedición de Tarjetas Europeas de Discapacidad en versión física y digital, en un formato accesible. Las tarjetas se reconocerán en toda la UE como prueba de discapacidad o derecho a servicios específicos basados en una discapacidad.

Antecedentes

La propuesta de la Comisión se adoptó en septiembre de 2023 y el Consejo alcanzó su posición negociadora en noviembre de 2023. El 17 de enero de 2024 se iniciaron intensas negociaciones sobre la forma definitiva de la Directiva y han concluido con éxito con el acuerdo alcanzado hoy, en menos de un mes.

Principales elementos del texto transaccional

El texto acordado provisionalmente mantiene y refuerza el objetivo de la Directiva, que es garantizar la igualdad de acceso a condiciones especiales o trato preferente ofrecidos a las personas con discapacidad durante estancias de corta duración en toda la UE, como tasas de entrada reducidas o nulas, acceso prioritario, asistencia y plazas de aparcamiento reservadas.

Otros elementos acordados durante las negociaciones interinstitucionales son los siguientes:

  • los Estados miembros ampliarán el uso de la Tarjeta Europea de Discapacidad durante períodos superiores a una estancia de corta duración en el contexto de los programas de movilidad de la UE, y también podrán optar por hacerlo en otros casos
  • la Tarjeta Europea de Discapacidad se expedirá y renovará gratuitamente, salvo en caso de pérdida o daño los Estados miembros podrán optar por cobrar una tasa relativa a los costes administrativos por la expedición o renovación de la Tarjeta Europea de Estacionamiento
  • la letra A podrá añadirse a la Tarjeta Europea de Discapacidad para personas con discapacidad con una mayor necesidad de apoyo o que tienen derecho al apoyo de un asistente personal
  • ambas tarjetas contendrán un código QR para prevenir el fraude
  • un sitio web de la UE, disponible en todas las lenguas y en formatos accesibles, proporcionará información pertinente sobre ambas tarjetas los Estados miembros también tendrán que facilitar al público información sobre las tarjetas en formatos accesibles
  • el formato digital de la Tarjeta Europea de Estacionamiento para personas con discapacidad seguirá siendo opcional para los Estados miembros.

Actuaciones futuras

Proseguirán los trabajos a nivel técnico para ultimar el texto. A continuación, el acuerdo provisional deberá ser confirmado por el Consejo y el Parlamento, seguido de una verificación jurídico-lingüística de la Directiva y de su adopción formal por ambas instituciones.

Los dos colegisladores han acordado que los Estados miembros dispondrán de treinta meses para adaptar su legislación nacional y de cuarenta y dos meses para aplicar la Directiva. Las organizaciones que representen a las personas con discapacidad participarán en la aplicación y evaluación de la Tarjeta Europea de Discapacidad y la Tarjeta Europea de Estacionamiento para personas con discapacidad.

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