El objetivo de las nuevas normas es reducir las emisiones del transporte por carretera, que es el que más emisiones genera, y dar el impulso adecuado para que la industria automovilística evolucione hacia una movilidad de emisiones cero, garantizando al mismo tiempo la innovación continua en el sector.
Antecedentes
La propuesta revisa las normas existentes, modificadas por última vez en 2019. Según el Reglamento, cada fabricante debe garantizar que las emisiones medias de CO2 de su flota de vehículos de nueva matriculación en un año natural no superen su objetivo específico de emisiones anuales. Si lo hacen, el fabricante debe pagar una prima de 95 euros por gramo de CO2/km por encima del objetivo por vehículo matriculado. Por consiguiente, con los nuevos objetivos acordados, los vehículos de emisiones cero acabarán siendo más baratos que los que funcionan con combustibles fósiles.
La revisión conexa del despliegue de una infraestructura de combustibles alternativos (AFIR) impulsará el desarrollo de una infraestructura para que los conductores recarguen sus vehículos en todos los Estados miembros.
La propuesta de revisión de las normas de comportamiento en materia de emisiones de CO2 de turismos y furgonetas forma parte del paquete «Fit for 55». Presentado por la Comisión Europea el 14 de julio de 2021, el paquete permitirá a la UE reducir sus emisiones netas de gases de efecto invernadero en al menos un 55% para 2030 en comparación con los niveles de 1990 y alcanzar la neutralidad climática en 2050.
El Parlamento Europeo adoptó una serie de enmiendas a la propuesta de la Comisión el 8 de junio de 2022. El Consejo de Medio Ambiente alcanzó una orientación general sobre la propuesta el 29 de junio de 2022. Tras las negociaciones interinstitucionales, el Consejo y el Parlamento Europeo alcanzaron un acuerdo político provisional sobre la propuesta el 27 de octubre de 2022. El Parlamento Europeo adoptó el Reglamento en primera lectura el 14 de febrero de 2023.
Objetivos
Las nuevas normas fijan los siguientes objetivos
- Reducción del 55% de las emisiones de CO2 de los turismos nuevos y del 50% de las furgonetas nuevas de 2030 a 2034 en comparación con los niveles de 2021.
- Reducción del 100% de las emisiones de CO2 de los turismos y furgonetas nuevos a partir de 2035.
incentivos para los vehículos de emisiones cero y bajas (ZLEV). En el marco de este mecanismo, si un fabricante cumple determinados criterios de referencia para la venta de vehículos de emisiones cero y bajas, puede ser recompensado con objetivos de CO2 menos estrictos. El valor de referencia se fija en el 25% para los turismos y el 17% para las furgonetas.
El reglamento contiene una referencia a los e-combustibles, según la cual, tras una consulta con las partes interesadas, la Comisión presentará una propuesta para la matriculación de vehículos que funcionen exclusivamente con combustibles neutros en emisiones de CO2, después de 2035, de conformidad con la legislación de la UE, fuera del ámbito de aplicación de las normas sobre flotas, y de conformidad con el objetivo de neutralidad climática de la UE.
El reglamento incluye una cláusula de revisión que prevé que, en 2026, la Comisión evaluará a fondo los progresos realizados hacia la consecución de los objetivos de reducción del 100% de las emisiones para 2035 y la posible necesidad de revisarlos. La revisión tendrá en cuenta los avances tecnológicos, también en lo que respecta a las tecnologías híbridas enchufables, y la importancia de una transición viable y socialmente equitativa hacia las emisiones cero.
Además, el reglamento incluye otras disposiciones como:
- la reducción gradual del tope de créditos de emisión que pueden recibir los fabricantes por ecoinnovaciones que reduzcan de forma verificable las emisiones de CO2 en carretera, hasta un máximo de 4 g/km al año a partir de 2030 y hasta finales de 2034 (actualmente está fijado en 7 g/km al año)
- una metodología común de la UE, que deberá desarrollar la Comisión antes de 2025, para evaluar el ciclo de vida completo de las emisiones de CO2 de los coches y furgonetas comercializados en la UE, así como de los combustibles y la energía consumidos por estos vehículos.
El reglamento mantiene una excepción para los fabricantes de pequeño volumen hasta finales de 2035.
El Reglamento se publicará ahora en el Diario Oficial de la UE y entrará en vigor a los veinte días de su publicación.