Nueva propuesta para garantizar la coordinación de los viajes seguros en la Unión (25 noviembre 2021)

El 25 de noviembre, la Comisión Europea propuso una actualización de las normas sobre la coordinación de la circulación libre y segura en la UE establecidas en respuesta a la pandemia de COVID-19. Algunas de las principales actualizaciones relativas al certificado COVID digital de la UE son:

  • Centrarse en un «enfoque basado en cada persona»: una persona que posea un certificado COVID digital de la UE válido no debe, en principio, estar sujeta a restricciones adicionales, como pruebas o cuarentena, independientemente de su lugar de salida en la UE. Se podrá solicitar a quienes no posean un certificado COVID digital de la UE que se sometan a una prueba realizada antes o después de su llegada.
  • Período normalizado de aceptación de los certificados de vacunación: para evitar enfoques divergentes y perturbadores, la Comisión propone un período normalizado de aceptación de nueve meses para los certificados de vacunación expedidos tras la finalización de la pauta de primovacunación. Esto significa que, en el contexto de los viajes, los Estados miembros no deben rechazar un certificado de vacunación expedido en los nueve meses siguientes a la administración de la última dosis de la pauta de primovacunación.
  • Dosis de refuerzo: hasta la fecha, no existen estudios que aborden expresamente la eficacia de las dosis de refuerzo en la transmisión de la COVID-19 y, por lo tanto, no es posible determinar un período de aceptación para las dosis de refuerzo. Sin embargo, dados los nuevos datos, cabe esperar que la protección derivada de las vacunaciones de refuerzo pueda durar más tiempo que la derivada de la pauta de primovacunación. La Comisión seguirá de cerca las nuevas pruebas científicas que surjan al respecto. Sobre la base de dichas pruebas, la Comisión podrá, en caso necesario, proponer un período de aceptación adecuado también para los certificados de vacunación expedidos tras una dosis de refuerzo.

La Comisión también propuso un marco actualizado para los viajes desde fuera de la UE, con prioridad para los viajeros vacunados y estrictas salvaguardias.

  • Además de abrir sus puertas a las personas inmunizadas con vacunas aprobadas por la UE —como ya ocurre en la actualidad—, los Estados miembros deben admitir sistemáticamente a las personas que hayan recibido vacunas para las que se haya completado el proceso de inclusión en la lista de uso en emergencias de la OMS. Como salvaguardia básica, se exigirá siempre certificado de PCR negativa a todos los viajeros inmunizados con una vacuna que haya sido aprobada por la OMS pero no por la Agencia Europea de Medicamentos, y a los viajeros recuperados de la enfermedad. Entre los demás cambios, se introduce un plazo de nueve meses tras la pauta de primovacunación para la aceptación de los certificados de vacunación. Además, se aceptarán los certificados de vacunación expedidos después de administrarse una dosis adicional (de refuerzo).
  • Los Estados miembros deben aceptar los certificados de vacunación y recuperación no expedidos por la UE que se consideren equivalentes al certificado COVID digital de la UE.

Las propuestas de la Comisión serán debatidas ahora por los Estados miembros de la Unión, que decidirán sobre la versión final de las Recomendaciones. La Comisión propone que las nuevas normas sean aplicables a partir del 10 de enero de 2022.

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