Ayudas concedidas por Dinamarca a Femern y a Femern Landanlæg en la financiación pública del proyecto de enlace fijo carretera-ferrocarril del estrecho de Fehmarn (STG 1ª asuntos T-7/19 | Scandlines Danmark y Scandlines Deutschland/Comisión, T-364/20 | Dinamarca/Comisión y T-390-20 | Scandlines Danmark y Scandlines; Deutschland/Comisión)

La Sentencia del Tribunal General, Sala Primera, de 28 de febrero de 2024, asuntos T-7/19 | Scandlines Danmark y Scandlines Deutschland/Comisión, T-364/20 | Dinamarca/Comisión y T-390-20 | Scandlines Danmark y Scandlines; Deutschland/Comisión: (ponente: M. Brkan) desestima  los recursos relativos a la financiación del proyecto de conexión fija del estrecho de Fehmarn entre Dinamarca y Alemania, El proyecto de conexión fija del estrecho de Fehmarn entre Dinamarca y Alemania consiste, en particular, en un túnel sumergido bajo el mar Báltico entre Rødby, en la isla danesa de Lolland, y Puttgarden, en Alemania. De una longitud aproximada de 19 km, el túnel contendrá una vía férrea electrificada y una autopista. La entidad pública danesa Femern A/S se encarga de la financiación, la construcción y la explotación de la conexión fija.

Antecedentes

En 2014, las autoridades danesas notificaron a la Comisión el modelo de financiación de este proyecto. El 23 de julio de 2015, la Comisión adoptó la Decisión C(2015) 5023, por la que decidió no formular objeciones a dicho modelo. En particular, consideró que las medidas concedidas a Femern A/S para la planificación, la construcción y la explotación de la conexión fija, aun cuando constituyeran ayudas de Estado, eran compatibles con el mercado interior.

Scandlines Danmark y Scandlines Deutschland llevan a cabo, entre otras, travesías de transbordadores entre Dinamarca y Alemania. En 2016, las dos compañías Scandlines instaron a la Comisión a actuar en relación con determinadas medidas concedidas en favor del proyecto de Fehmarn sobre las que no se había pronunciado en su Decisión de 2015. El 28 de septiembre de 2018, la Comisión adoptó la Decisión C(2018) 6268, en la que concluyó que las medidas controvertidas no constituían ayudas ilegales que, en cualquier caso, eran compatibles con el mercado interior.

Mediante sentencias de 13 de diciembre de 2018, confirmadas por el Tribunal de Justicia mediante sentencia de 6 de octubre de 2021, el Tribunal General anuló la Decisión C(2015) 5023 en lo que respecta a Femern A/S, debido a que la Comisión no había incoado el procedimiento de investigación formal. Posteriormente, la Comisión informó a las autoridades danesas de su decisión de incoar el procedimiento sobre las medidas concedidas en favor de Femern A/S en relación con la financiación de la conexión fija.

El 20 de marzo de 2020, la Comisión adoptó la Decisión C(2020) 1683, según la cual las medidas consistentes en aportaciones de capital y en una combinación de préstamos estatales y garantías estatales en favor de Femern A/S, que Dinamarca ejecutó ilegalmente al menos en parte, constituían ayuda de Estado. Sin embargo, habida cuenta de su modificación tras la decisión de incoación, la Comisión consideró que estas medidas eran compatibles con el mercado interior.

En el asunto T-364/20, Dinamarca solicita la anulación de la Decisión C(2020) 1683 en la medida en que la Comisión consideró que las medidas consistentes en aportaciones de capital y en una combinación de préstamos estatales y garantías estatales en favor de Femern A/S constituían ayuda de Estado.

Apreciaciones del Tribunal General

El Tribunal General desestima el recurso. Constata, en particular, que la ventaja selectiva concedida a Femern A/S, que ejerce una actividad económica, refuerza su posición en el mercado de los servicios de transporte para atravesar el estrecho de Fehmarn entre Rødby y Puttgarden frente a las empresas que ya operan en este mercado, en particular en comparación con el gestor de transbordadores. Por lo tanto, la financiación concedida a Fehmarn A/S afecta a los intercambios comerciales entre los Estados miembros.

En el asunto T-390/20, Scandlines Danmark y Scandlines Deutschland solicitan la anulación de la Decisión C(2020) 1683 debido a una serie de irregularidades supuestamente cometidas por la Comisión. El Tribunal General desestima el recurso en su totalidad. Según el Tribunal General, la Comisión podía considerar válidamente que el proyecto de conexión fija era de interés común europeo, en particular porque dicho proyecto aporta una contribución importante y concreta a la realización de los objetivos de la política de transportes de la Unión y unos objetivos más amplios de la Unión y mejorará la conexión entre los países nórdicos y Europa central. El Tribunal General señala también que no se ha aportado ningún elemento que permita cuestionar la constatación de que el proyecto de conexión fija se basa en el principio de que debe prepararse, construirse y explotarse de una manera que evite los efectos nocivos sobre la naturaleza y el medio ambiente.

Por otra parte, en el asunto T-7/19, Scandlines Danmark y Scandlines Deutschland interpusieron un recurso contra la Decisión C(2018) 6268 de la Comisión. El Tribunal General desestima el recurso. Considera, en particular, que, mediante la Decisión de incoación, la Comisión revocó dicha Decisión en la medida en que se refiere a las medidas adoptadas en favor de Femern A/S e incoó el procedimiento de investigación formal en relación con dichas medidas. En consecuencia, no procede pronunciarse sobre las alegaciones relativas a la anulación de esta parte de la Decisión.

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