Consciente del avance vertiginoso de la tecnología y su penetración en la esfera jurídica, el Chartered Institute of Arbitrators (CIArb) ha dado a conocer su nueva Guideline on the Use of AI in Arbitration (2025). Se trata de un documento orientador que aspira a proporcionar herramientas prácticas para integrar la inteligencia artificial (IA) en los procedimientos arbitrales, sin menoscabar los principios esenciales que garantizan la legalidad, la equidad procesal y la validez de los laudos.
La elaboración del texto estuvo a cargo del equipo de Política y Práctica Profesional de CIArb, en colaboración con el Technology Thought Leadership Group y el AI Guideline Drafting Committee. Este último fue presidido por Claire Morel de Westgaver e integrado por profesionales de amplia trayectoria como Matthew Lavy KC, Carlos Carvalho y Meriam Al Rashid, entre otros especialistas. Su carácter plural ha permitido una visión amplia y práctica, destinada tanto a quienes dirigen los procesos arbitrales como a las partes, abogados, instituciones y asesores involucrados.
Contenido
Esta Guía se basa en los avances actuales y conocidos del sector y en las cuestiones procesales que genera y puede generar el uso de la IA en el futuro. La Parte I describe los beneficios y riesgos del uso de la IA en arbitrajes. La Parte II establece recomendaciones generales sobre el uso de la IA en arbitrajes. La Parte III aborda las facultades de los árbitros para impartir instrucciones y emitir fallos sobre el uso de la IA por las partes en el arbitraje. La Parte IV aborda el uso de la IA en arbitrajes por parte de los árbitros. El Apéndice A incluye un modelo de Acuerdo sobre el Uso de la IA en Arbitrajes. El Apéndice B incluye un modelo de Orden Procesal sobre el Uso de la IA en Arbitrajes.
Objetivos
Lejos de pretender ser un compendio técnico sobre software o soluciones digitales específicas, el documento se concibe como una guía adaptable, que pretende acompañar la evolución del arbitraje hacia una práctica más eficiente y moderna, sin renunciar al rigor jurídico. Su razón de ser es doble: facilitar el aprovechamiento de las ventajas que la IA puede aportar y, al mismo tiempo, prevenir los posibles desajustes que un uso inadecuado podría ocasionar.
La incorporación de sistemas inteligentes en la labor legal no es una hipótesis futura sino una realidad consolidada. Herramientas que permiten una mejor búsqueda de jurisprudencia, revisión documental automatizada, generación de borradores, traducciones en tiempo real o transcripción de audiencias son ya parte del arsenal de muchos profesionales. Los beneficios que ofrecen, en términos de ahorro de tiempo y precisión, son innegables. El documento detalla, con claridad, los múltiples ámbitos en los que estas tecnologías pueden ser de utilidad a lo largo del procedimiento arbitral.
Ahora bien, junto con tales promesas, emergen preocupaciones legítimas. La guía no las soslaya; más bien las examina con detenimiento. Se advierte sobre la posible exposición de datos confidenciales al utilizar plataformas gestionadas por terceros, el riesgo de sesgos en los algoritmos, los problemas derivados de la opacidad con la que operan algunos sistemas (“caja negra”), y la amenaza que representan las llamadas «alucinaciones» —información fabricada que la IA presenta como verídica—. Todo ello podría comprometer la imparcialidad del tribunal, la igualdad entre las partes o incluso la ejecutabilidad de un laudo, en función de las leyes del lugar donde se pretenda su reconocimiento.
Medidas preventivas
Ante estos riesgos, el texto propone una serie de medidas preventivas. Se alienta tanto a los árbitros como a los representantes de las partes a investigar previamente cualquier herramienta que se pretenda emplear, analizar sus funcionalidades, su origen, y evaluar los posibles efectos de su aplicación. Se hace énfasis en que ninguna tecnología debe desplazar la responsabilidad profesional de quienes intervienen en el proceso. La IA puede asistir, pero no sustituir el juicio humano.
Uno de los apartados más innovadores del documento es aquel que aborda la libertad de las partes para pactar, desde un inicio, si desean permitir o limitar el uso de inteligencia artificial durante el arbitraje. Para ello, se ofrece un modelo de acuerdo que puede incorporarse directamente en la cláusula arbitral o celebrarse como documento aparte. También se proporciona una fórmula de orden procesal que el tribunal puede emitir para establecer reglas sobre la utilización de estos instrumentos durante el desarrollo del caso.
Papel del Tribunal arbitral
En cuanto al papel del tribunal, se reconoce que el empleo de IA podría contribuir a una mayor calidad en la toma de decisiones y a una gestión más eficiente del procedimiento. Sin embargo, se establece una línea clara: el árbitro no debe delegar su función. La adopción de cualquier herramienta de este tipo debe estar acompañada de un criterio analítico y un compromiso explícito con la revisión independiente de los resultados que dichas tecnologías puedan ofrecer. La supervisión crítica se vuelve indispensable para preservar la confianza en el proceso.
Por otro lado, se introduce el deber de informar sobre el uso de IA, siempre que su aplicación pueda influir en la producción de pruebas, en la formulación de escritos o en cualquier aspecto que afecte el desarrollo del caso. Esa obligación de transparencia no solo apunta a proteger la integridad del procedimiento, sino también a salvaguardar el derecho de defensa. Si una parte omite esa comunicación, el tribunal podrá tomar las medidas que considere necesarias, como excluir pruebas afectadas, modificar la asignación de costes o incluso emitir inferencias desfavorables.
Otro elemento destacable es la posibilidad de que el tribunal recurra a peritos en inteligencia artificial para comprender mejor ciertas herramientas o evaluar sus implicaciones. Esto cobra especial importancia en disputas técnicas o cuando una parte cuestiona la fiabilidad de los resultados generados por un sistema automatizado.
Impacto ambiental derivado del uso de estas tecnologías
La guía también aborda un asunto poco tratado en el ámbito jurídico: el impacto ambiental derivado del uso de estas tecnologías. Algunos sistemas, especialmente los basados en modelos generativos, requieren un consumo energético considerable. Por ello, se invita a los participantes en el arbitraje a reflexionar sobre el coste ecológico del uso de estas soluciones, sobre todo en procedimientos de larga duración o alto volumen documental.
Proyecciones
La publicación de esta guía representa, sin duda, una aportación valiosa para quienes participan en procedimientos arbitrales. Su contenido no solo responde a una necesidad actual, sino que también anticipa escenarios futuros y plantea interrogantes relevantes sobre cómo adaptar la práctica arbitral a la realidad digital. Con esta iniciativa, el CIArb se reafirma como una institución líder en la promoción de buenas prácticas y en el desarrollo de estándares modernos que armonicen innovación y seguridad jurídica.
La inteligencia artificial puede ser un aliado poderoso en la resolución de disputas, pero su utilización exige prudencia, responsabilidad y transparencia. Las directrices del CIArb constituyen una brújula para quienes desean integrar estas herramientas en sus prácticas profesionales sin perder de vista los pilares que sustentan el arbitraje como método de resolución de conflictos reconocido internacionalmente.
