El Defensor del Pueblo reclama que los extranjeros en situación irregular víctimas de delito puedan denunciar sin temor a ser expulsados

El Defensor del Pueblo ha recomendado al Ministerio del Interior el 29 de julio de 2019 que asegure que las personas extranjeras en situación irregular, presuntas víctimas de un delito, puedan formular una denuncia, sin que se les derive, por esta causa, a la incoación de un procedimiento sancionador que conlleve su expulsión del territorio nacional. La Institución ya formuló en 2004 una recomendación en el mismo sentido que fue rechazada. Cinco años más tarde fue aceptada parcialmente cuando la Ley Orgánica 2/2009 incorporó a la ley de extranjería un precepto que otorga rango legal a la protección de mujeres extranjeras víctimas de violencia de género.

En la actualidad, el Defensor recibe incesantes quejas de ciudadanos extranjeros que acuden a denunciar haber sido víctimas de delito y salen de las dependencias policiales con un expediente sancionador de la Ley de extranjería por situación documental. Ante esta situación, el Defensor del Pueblo mantiene y reitera su criterio sobre la necesidad de que se asegure que los extranjeros puedan dirigirse a la Comisaría de Policía o destacamento de la Guardia Civil que corresponda, en la seguridad de que su identificación para presentar la denuncia, mediante su tarjeta de extranjero o su pasaporte, no conllevará el inicio de indagaciones para determinar si se encuentran en situación regular o irregular en España.

Para el Defensor del Pueblo el hecho de que un ciudadano extranjero realice una denuncia policial de cualquier naturaleza y acabe siendo objeto de un expediente sancionador y de una posible expulsión por estar en situación irregular, tiene un efecto disuasorio claro que pone en peligro la actividad punitiva del Estado. En opinión de la Institución ello constituye además, una vulneración del Estatuto de la víctima del delito y una quiebra de los principios de proporcionalidad y de seguridad jurídica. Por ello, cree necesario que se modifique lo antes posible la práctica administrativa, reiteradamente observada, por la que se incoan expedientes sancionadores por estancia irregular a los extranjeros que acuden a denunciar haber sido víctimas de un delito.

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