Gracias a la vigencia del Convenio de La Haya de 1980 no hay inconveniente en que la menor pueda viajar a Chile para conocer a su familia materna (SAP Barcelona 20 marzo 2019)

La Sentencia de la Audiencia Provincial de Barcelona, Sección Decimoctava, de 20 de marzo de 2019, declara que «La madre es chilena. Chile y España son parte del Convenio de 25 de octubre de 1980 sobre los Aspectos Civiles de la Sustracción Internacional de Menores, que específicamente prevé la posibilidad de retorno de un menor si es sustraído de su lugar de residencia. Se interpreta erróneamente por la defensa del padre el Informe Explicativo del Convenio de la Haya, pues lo que se cita se refiere a la creación artificial de fueros competenciales y no a la efectividad del convenio para el retorno de menores. No hay duda de que es beneficioso para el menor mantener relación con su familia materna y conocer sus orígenes. No vemos inconveniente para que la hija Claudia pueda viajar fuera de España, aunque sólo en periodos de vacaciones escolares, y la madre deberá justificar que tiene en su poder los billetes de ida y vuelta».

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