Denegación de un execuátur de una sentencia norteamericana por apreciarse que se dictó en rebeldía (AAP Bilbao 26 abril 2018)

El Auto de la Audiencia Provincial de Bilbao, Sección Tercera, de 26 de abril de 2018, confirma la resolución del juzgado que desestimó una demanda de exequátur en la que solicitaba el reconocimiento y la ejecución de la resolución de 20 de noviembre de 2015 dictada por el Juzgado del Condado de Kings, de Nueva York. Dicha desestimación se basa en lo dispuesto en los arts. 46.b) y 54 LCJIMC  apreciando como causa de de denegación del reconocimiento que la resolución dictó en rebeldía, entendiendo que concurre una manifiesta infracción de los derechos de defensa si no se entregó al demandado cédula de emplazamiento o documento equivalente de forma regular y con
tiempo suficiente para que pudiera defenderse. Según el razonamiento de la Audiencia: «no puede prosperar el recurso objeto de la presente alzada pues tampoco en nuestro supuesto se han aportado a los autos los documentos acreditativos de la notificación tal y como recoge el auto por cuanto en ningún momento consta que se entregase la notificación remitida por el letrado a través del servicio de correos al no constar documento que acredite si el mismo se entregó y a quien o se dejo aviso o anuncio para su recepción sin que se verificase por tanto el recurso se desestima».

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