La Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Primera) de 4 de mayo de 2017 (asunto C-17/16: Oussama El-Dakkak e Intercontinental SARL / Administration des douanes et droits indirects) considera que una persona que viaja de un Estado no perteneciente a la UE a otro Estado no perteneciente a la UE que se encuentra en tránsito en un aeropuerto situado en territorio de la Unión está sometida a esta obligación de declaración mientras esté en tránsito. Por consiguiente, debe considerarse que ha entrado en la Unión y está sometida a la obligación de declaración toda persona que desembarca de una aeronave procedente de un Estado no perteneciente a la Unión Europea en un aeropuerto situado en el territorio de un Estado miembro y permanece en la zona internacional de tránsito de dicho aeropuerto antes de embarcar a bordo de otra aeronave con destino a otro Estado que tampoco pertenece a la Unión Europea.