El tribunal arbitral administado por el CIADI, compuesto por los árbitros Andreas Bucher, Pedro J. Martínez-Fraga y Campbell McLachlan, por Laudo de 8 de diciembre de 2016 (Caso CIADI N.º ARB/07/26) rechazó la mayoría de las reclamaciones de las empresas Urbaser S.A. y Consorcio de Aguas Bilbao Bizkaia, Bilbao Biskaia ur Partzuergoa contra la República Argentina y determinó que no hubo expropiación ni discriminación o medidas injustificadas, aunque sostuvo que Argentina tuvo responsabilidad en cuanto a la renegociación del contrato de concesión entre 2003 y 2005.